Preguntas frecuentes sobre Sexenios


¿Quién puede solicitar un sexenio?

10775 consultas   |   Actualizada Jan 16, 2024    Documentación y trámite Sexenios

 

Pueden solicitar un sexenio:

  • El profesorado universitario funcionario (Profesores Titulares y Catedráticos) por convocatoria ordinaria.
  • El personal docente e investigador contratado con carácter indefinido (según establece el convenio de colaboración entre la Universidad de Sevilla y la ANECA, disponible en este enlace). 

    • Profesor Contratado Doctor/Profesor Permanente Laboral – Mod. PCD

    • Profesor Colaborador

    • Profesor Contratado Doctor Interino/Profesor Permanente Laboral – Mod. PCD Interino

En el caso del personal contratado interino, no los percibirán económicamente hasta que el beneficiario tenga la condición de personal laboral fijo. Sí los cobrarán los contratados doctores y los colaboradores.

En el formulario de solicitud, que se realizará a través de la sede electrónica de ANECA (https://aneca.sede.gob.es/), el personal docente laboral debe marcar la convocatoria por convenio. Además, tendrán que presentar una copia de la solicitud a través del Registro General de la Universidad de Sevilla. El personal funcionario de carrera, en cambio, deberá marcar la convocatoria ordinaria y no es necesario que presenten copia a través del RGUS..

Si tienes dudas sobre tu caso particular, puedes consultar tus opciones de solicitar sexenios en el Servicio de Personal Docente de la Universidad: contacto.