422 consultas | Actualizada Jan 14, 2026
Como norma general, deben someterse a evaluación cinco aportaciones que abarquen el tramo de seis años que se desea evaluar.
Se podrán presentar cuatro aportaciones, en lugar de las cinco principales posibles, si en el tramo de seis años sometido a evaluación la persona solicitante ha justificado debidamente el disfrute de alguno de los permisos, excedencias o bajas enumeradas en el apartado primero (Disposiciones generales) de la Resolución de la Directora de ANECA de 28 de febrero de 2024.
Cada solicitante podrá incluir hasta dos aportaciones sustitutorias debidamente referenciadas e identificadas como tales, que puedan reemplazar a otras tantas de las presentadas en primer término y que en el proceso de evaluación se puedan considerar de calidad insuficiente para alcanzar la puntuación mínima requerida.