Preguntas frecuentes sobre Sexenios


¿Quién puede solicitar un sexenio?

13024 consultas   |   Actualizada Jan 16, 2025    Sexenios Documentación y trámite

 

Pueden solicitar un sexenio:

  • El profesorado universitario funcionario (Profesorado Titular y Catedráticos/as) por convocatoria ordinaria.
  • El personal docente e investigador laboral (según establece el convenio de colaboración entre la Universidad de Sevilla y la ANECA, disponible en este enlace):

    • Profesorado Contratado Doctor/Profesorado Permanente Laboral – Mod. PCD.

    • Profesorado Colaborador.

    • Profesorado Contratado Doctor Interino/Profesorado Permanente Laboral – Mod. PCD Interino.

    • Profesorado Ayudante a tiempo completo.

    • Personal Investigador Postdoctoral a tiempo completo: investigadores contratados por la Universidad de Sevilla beneficiarios de las siguientes convocatorias postdoctorales.

En el caso del personal contratado interino, no los percibirán económicamente hasta que el beneficiario tenga la condición de personal laboral fijo. Sí los cobrarán los contratados doctores y los colaboradores.

En el formulario de solicitud, que se realizará a través de la sede electrónica de ANECA (https://aneca.sede.gob.es/), el personal docente laboral debe marcar la convocatoria por convenio. Además, tendrán que presentar una copia de la solicitud a través del Registro General de la Universidad de Sevilla. El personal funcionario de carrera, en cambio, deberá marcar la convocatoria ordinaria y no es necesario que presenten copia a través del RGUS.

Si tienes dudas sobre tu caso particular, puedes consultar tus opciones de solicitar sexenios en el Servicio de Personal Docente de la Universidad: contacto.