Preguntas frecuentes sobre Sexenios


¿Quién puede solicitar un sexenio?

16700 consultas   |   Actualizada Feb 03, 2026    Documentación y trámite Sexenios

 

Pueden solicitar sexenios:

  • El profesorado universitario funcionario (Profesorado Titular y Catedráticos/as) por convocatoria ordinaria.
  • El profesorado laboral, en virtud del convenio de colaboración entre la Universidad de Sevilla y ANECA. La convocatoria de 2025 (todavía sin publicar) especificará las figuras del personal laboral que pueden solicitar sexenios. 
    • Los solicitantes deben presentar un documento de autorización emitido por la propia Universidad de Sevilla según el modelo oficial proporcionado a las instituciones. El procedimiento para solicitar esta autorización se publicará con la convocatoria.
    • En la convocatoria de 2024 (la de 2025 todavía no se ha publicado), también podían solicitar sexenios:
      • El personal docente e investigador laboral (según establece el convenio de colaboración entre la Universidad de Sevilla y la ANECA, disponible en este enlace):
        • Profesorado Contratado Doctor/Profesorado Permanente Laboral – Mod. PCD.

        • Profesorado Colaborador.

        • Profesorado Contratado Doctor Interino/Profesorado Permanente Laboral – Mod. PCD Interino.

        • Profesorado Ayudante a tiempo completo.

        • Personal Investigador Postdoctoral a tiempo completo: investigadores contratados por la Universidad de Sevilla beneficiarios de las siguientes convocatorias postdoctorales.

El personal laboral tendrá que presentar una copia de la solicitud a través del Registro General de la Universidad de Sevilla. El personal funcionario de carrera, en cambio, deberá marcar la convocatoria ordinaria y no es necesario que presenten copia a través del RGUS.

Si tienes dudas sobre tu caso particular, puedes consultar tus opciones de solicitar sexenios en el Servicio de Personal Docente de la Universidad: contacto.